La reciente reforma laboral, aprobada por el Congreso hace apenas dos semanas, ha encontrado su primer revés en el ámbito judicial. Un magistrado de Córdoba ha declarado inconstitucional una sección clave de la nueva normativa, específicamente aquella que regula la actualización de los montos en litigios laborales ya iniciados. Esta decisión judicial sienta un precedente significativo sobre la aplicación de la ley y podría tener repercusiones en causas similares a lo largo del país.
La resolución, emitida por el juez Ricardo Gileta el 10 de marzo, se centra en el artículo 55 de la reforma, que establecía un nuevo mecanismo para calcular los créditos adeudados en juicios laborales en curso. Dicho artículo proponía un tope de actualización basado en la inflación más un 3% anual, con un piso del 67% de ese cálculo, utilizando tasas del Banco Central. Expertos en derecho laboral habían advertido que este esquema podría reducir sustancialmente, entre un 20% y un 60%, las sumas finales que percibirían los trabajadores en comparación con los criterios previos. El juez Gileta fue contundente al respecto, dictaminando: «Queda desechada la validez de constitucional del artículo 55».
El fundamento principal de la decisión judicial radica en que el artículo impugnado generaba un trato desigual entre los procesos judiciales, diferenciando entre causas nuevas y aquellas que ya estaban en trámite. Para el magistrado, esta distinción vulnera el principio de igualdad ante la ley y afecta la naturaleza alimentaria de los créditos laborales, que gozan de una protección especial en la Constitución. Por ello, dispuso que, en el caso analizado, la actualización de las deudas se realice bajo el criterio anterior, previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, garantizando así la reparación plena.
Este fallo en Córdoba abre un nuevo capítulo en el debate sobre la reforma laboral. Mientras en San Juan la normativa fue invocada para frenar un paro docente, declarando la educación como servicio esencial y exigiendo un 75% de prestación mínima, la decisión judicial cordobesa subraya la complejidad de su implementación y la posibilidad de que otros tribunales sigan un camino similar. Se anticipa que la discusión sobre la actualización de créditos laborales escalará a instancias superiores, incluyendo la Corte Suprema de Justicia, lo que mantendrá en vilo a empleadores y trabajadores.
