La Corte Suprema de Justicia de la Nación tomó una postura determinante sobre la posesión de campos al rechazar una demanda impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata. Con esta decisión, el máximo tribunal dejó vigente un decreto del Poder Ejecutivo que permite la venta sin topes de territorio a particulares y empresas del exterior, tras haber dejado sin efecto un fallo previo que frenaba la medida.

Esta habilitación generó un fuerte debate institucional debido a que la flexibilización de las normas elimina los límites porcentuales que impedían una mayor concentración de hectáreas en manos extranjeras. Cabe destacar que el Congreso de la Nación ya había expresado su rechazo a este tipo de flexibilizaciones al cuestionar la pérdida de control sobre los recursos naturales y la soberanía territorial.

A pesar de las objeciones planteadas por distintos sectores políticos sobre la conveniencia de flexibilizar la tenencia de suelo nacional, los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti evitaron discutir el trasfondo político del asunto. El tribunal fundamentó su fallo exclusivamente en la falta de legitimación de la organización demandante y en la ausencia de un perjuicio concreto que justificara una intervención judicial sobre la normativa vigente.