El proceso judicial que involucraba a Fernando Espinoza, intendente de La Matanza, por una denuncia de abuso sexual, ha concluido con una resolución favorable para el dirigente. Un tribunal de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó el sobreseimiento del funcionario en la causa iniciada por su ex secretaria, Melody Rakauskas. Esta decisión se fundamenta en aspectos técnicos del procedimiento legal, que impidieron la continuidad de la acción penal.

La jueza Inés Cantisani, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 16, determinó que la denunciante perdió su rol de querellante en el expediente. Esta situación se produjo debido a que Rakauskas no presentó la representación legal requerida dentro de los plazos establecidos y tampoco respondió a las notificaciones judiciales y policiales. La ausencia de patrocinio letrado, según el fallo, imposibilitó que la parte acusadora mantuviera su participación activa en el proceso, lo que derivó en la caída de la acusación particular.

Previamente, Espinoza había sido procesado y la causa se encaminaba a un juicio oral, tras una denuncia que detallaba un presunto intento de abuso en mayo de 2021 en el domicilio de la entonces secretaria. Cabe recordar que la fiscalía ya había manifestado su postura a favor del sobreseimiento del intendente en etapas anteriores de la investigación. A pesar de esta resolución, la denunciante ha expresado su intención de continuar con el caso. A través de sus redes sociales, Melody Rakauskas afirmó: «Voy a apelar en mi causa 24074/21 contra Espinoza. El doctor Diéguez me va a representar». La complejidad del caso se vio acentuada por la renuncia de tres abogados que la representaron con anterioridad.

La decisión judicial subraya la importancia del patrocinio letrado en los procesos penales, no solo para asegurar una actuación eficaz de la querella, sino también para garantizar el derecho a la defensa del imputado. La normativa exige que la acusación sea técnicamente idónea para evitar nulidades y asegurar la correcta persecución penal, un requisito que no pudo ser cumplido en este caso por la parte denunciante.