A partir del 1° de octubre, las billeteras digitales en la provincia de Buenos Aires comenzarán a retener automáticamente un porcentaje del impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) sobre los montos acreditados en las cuentas de sus usuarios registrados. Esta medida, implementada a través del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), busca equiparar el tratamiento tributario de las billeteras digitales con el que ya tienen las cuentas bancarias en otras jurisdicciones.

Sin embargo, la normativa establece una extensa lista de operaciones que estarán excluidas de esta retención para evitar que ciertos ingresos sociales, laborales o financieros ya regulados sean afectados por descuentos automáticos. Entre las principales excepciones se encuentran los sueldos, jubilaciones, pensiones, préstamos otorgados por entidades financieras, operaciones de exportación, acreditaciones por vencimiento de plazos fijos, reintegros de IVA, transferencias entre cuentas del mismo titular o cotitular, subsidios, becas, planes sociales y asignaciones familiares, entre otros.

El régimen bonaerense diferencia además entre contribuyentes del régimen general y regímenes especiales, asignando alícuotas que varían según la actividad económica, desde un 0,01% hasta un 5%, con algunas actividades exentas, como las entidades financieras y de seguros. El monto retenido se considerará un anticipo del impuesto, que podrá ser computado en la declaración jurada anual.

Esta medida amplía el alcance de las retenciones automáticas a un mayor número de usuarios de billeteras digitales, aunque con claras exclusiones para proteger ingresos de carácter social y evitar duplicidades en la tributación. El gobierno bonaerense destacó que el objetivo es garantizar un tratamiento equitativo entre los distintos medios de pago y facilitar la recaudación tributaria sin afectar a los sectores más vulnerables.