Lo dispuso hoy la Secretaría de Comercio, que también determinó su mantenimiento durante un período de 60 días corridos.

El secretario Augusto Costa intimó además a los laboratorios farmacéuticos para que en el término de diez días hábiles presenten ante la Subsecretaría de Comercio Interior un informe detallado de los precios de todos sus productos, desde el 1 de abril pasado hasta la fecha.

Los laboratorios -indicó la resolución 90 publicada en el Boletín Oficial- están “obligados a continuar con la producción, industrialización, comercialización y/o distribución de medicamentos” en los niveles necesarios para el abastecimiento del mercado local, “manteniendo el volumen habitual de fabricación y distribución”.

La medida alcanza a las firmas integrantes de la Cámara Argentina de Especialidades Medicinales (CAEME); la Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA) y la Cámara Industrial de Laboratorios Argentinos (CILFA).

El Ministerio de Economía había instruido la semana pasada a la Secretaría para que adoptara medidas a fin de garantizar los derechos de los consumidores, ante los «aumentos generalizados» detectados “en un brevísimo período de tiempo”.

Según el relevamiento de la Subsecretaría, se verificaron subas de entre 3 y 4% promedio en los precios sugeridos de venta al público en más de 70% de los productos medicinales.

La resolución de Comercio detalla que los aumentos se concentraron mayormente entre el 13 y el 26 de mayo pasados, e involucraron alzas corroboradas en 39 de los 45 laboratorios farmacéuticos de mayor facturación del país.

Esos aumentos ocurrieron particularmente los días 14, 16, 17 y 19 de mayo en el caso de laboratorios nucleados en CILFA, y fueron de 4% promedio en los cuatro primeros laboratorios de esa Cámara.

A la vez, en los tres principales laboratorios de COOPERALA se verificaron, entre el 16 y el 19 de mayo, alzas promedio de entre 3 y 4%; mientras la mitad de los integrantes de CAEME dispuso subas similares el 19, 20 y 22 de mayo.

“El aumento generalizado en valores significativamente coincidentes, ocurrido en el escaso término de 10 días hábiles y en el mismo sector económico, resulta crítico para el bienestar de la población», indicó la resolución de Comercio.

Mencionó asimismo que el libre acceso a los productos medicinales constituye “un pilar esencial del derecho humano fundamental a la salud”, y recordó que un fallo de la Corte Suprema de Justicia ratificó la potestad estatal indelegable en materia de “fiscalizacion estricta de la comercialización” de medicamentos.

La resolución advirtió que la suba generalizada en un corto período de tiempo y en valores similares por parte de los principales laboratorios farmacéuticos del país, «podría configurar un hecho distorsivo de este mercado».

Las características de los aumentos y las coincidencias en fecha, concluye la medida, «dejaría traslucir un mecanismo de formación de precios que, prima facie, no se corresponde con condiciones de transparencia y libre competencia en el mercado».