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Aníbal Fernández lavó las manos de Alberto y Cristina por la causa de sobreprecios en obra pública

El ministro de Seguridad, Aníbal Fernández, afirmó hoy que ni los presidentes ni los jefes de Gabinete «participan en el procedimiento de contratación administrativa, salvo que se trate de un contrato en su esfera de competencia», al referirse al juicio por la asignación de obra pública nacional en Santa Cruz durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner

En el marco de ese juicio, declaró hoy como testigo el presidente Alberto Fernández, quien cuestionó la acusación en el juicio, al afirmar que en esa causa se discuten «decisiones políticas, no judiciables» y negó la existencia de algún tipo de directiva para favorecer a esa provincia.

En un hilo que publicó en su cuenta de Twitter, el ministro de Seguridad se refirió a la causa judicial.

«Cualquier persona que tiene mínimo conocimiento de derecho penal y comprende el derecho administrativo, advierte que existen delitos que solamente pueden ser atribuidos a sujetos que reúnen determinadas cualidades», comenzó la publicación.

En ese marco, el funcionario explicó que «el presupuesto es una ley que tiene la particularidad que no reglamenta ninguna conducta sino que en lo que concierne a los gastos meramente, establece una autorización para gastar» y agregó que «algunos de esos gastos son obligatorios porque están dispuestos en otras normas (por ejemplo, salarios) y otros se habilitan específicamente (obra pública)».

«La intervención del Presidente se circunscribe a promulgar el presupuesto. El Jefe de Gabinete de Ministros a ejecutar el presupuesto. Ninguno de ellos participa en el procedimiento de contratación administrativa salvo que se trate de un contrato en su esfera de competencia», explicó Aníbal Fernández en relación al juicio en la causa denominada Vialidad.

En ese sentido, sentenció que «si existe una desviación de poder en un contrato determinado, solamente la persona con competencia para adjudicar puede ser eventualmente responsable».

«Toda pregunta concerniente a si alguno de nosotros conocía al imputado carece de relación con el objeto procesal de la causa. Solamente debe saberse derecho administrativo y un poco de derecho penal», concluyó el ministro.