Se trata de la cesión de viviendas «en comodato social», una figura a la que recurrieron al menos seis fallos del fuero Contencioso Administrativo desde 2009 (cuatro de primera instancia y dos de segunda).

El préstamo gratuito de inmuebles estatales ociosos es la «solución creativa» por la que están optando algunos tribunales porteños que buscan garantizar de manera «real» y «permanente» el derecho constitucional a la vivienda a personas «en extrema vulnerabilidad», afirman fuentes judiciales en lo que perfilan como una nueva doctrina «superadora» del mero subsidio habitacional.

La iniciativa fue ovacionada al ser presentada por la delegación argentina en la Cumbre de Jueces sobre Derechos Sociales que se llevó a cabo en julio pasado en el Vaticano, presidida por el papa Francisco.

«El derecho a la vivienda se satisface básicamente a través de subsidios, pero hemos entendido que resulta insuficiente en razón del monto y del plazo por el cual se otorga: ahí nace el comodato social», aseguró a Télam el presidente de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Carlos Balbín, ex procurador del Tesoro.

«Es una figura que hemos creado judicialmente, no prevista en la legislación, que tiene por finalidad ser una suerte de superación de las actuales políticas públicas en materia de vivienda para grupos vulnerables», aseguró a su vez a Ijudicial el juez Roberto Gallardo, autor de los primeros fallos.

Balbín explicó que ya no se trata de dinero, sino que «supone una vivienda real para satisfacer en términos de continuidad este derecho» pero «sin implicar propiedad». «El Estado dispone de muchos inmuebles ociosos que debieran destinarse con fines sociales», agregó.

Télam intentó conocer la visión del Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) sobre esta temática, pero la consulta no fue respondida.