Las sanciones a las empresas por incumplimientos abarcan desde multas de hasta $ 200 millones, y prevé también la suspensión de las mismas del registro de proveedores del Estado, la pérdida de concesiones y privilegios, regímenes impositivos y hasta la clausura.
Así lo establece el decreto 274/2019, publicado hoy en el Boletín Oficial, según el cual el Gobierno «tiene entre sus objetivos principales mejorar las condiciones de competitividad de la economía, así como también simplificar y dinamizar el comercio».
La norma aclaró que sus contenidos se aplicarán «en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse».
«La aplicación, añadió, no está supeditada a la existencia de una relación de competencia entre los sujetos del acto de competencia desleal», y «no será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial».
El decreto subrayó que «la regulación de la competencia desleal se caracteriza por su falta de sistematización y escaso alcance, no existiendo una norma general que unifique las conductas desleales».
Por lo tanto consideró que «deviene necesario controlar conductas en el mercado y definir una regulación integral y sistematizada de la competencia desleal».
La modificación de la Ley de Lealtad Comercial endurece los controles a los supermercados, protege a las PyMEs y regula la competencia en el comercio, para lo cual prevé la aplicación de multas de hasta $ 200 millones para las firmas infractoras.