La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) estará facultada, a partir del año entrante, para aplicar sanciones que llegan hasta la clausura a los comercios de la provincia que no tengan disponible el sistema de posnet para sus clientes, que es obligatorio desde este año.
La medida está contemplada dentro de la Ley Impositiva aprobada en la Legislatura que impulsó el gobierno de María Eugenia Vidal, y que contó con amplio respaldo de los bloques opositores del Frente Renovador, PJ-Unidad y Renovación (el llamado «Bloque de los Intendentes), Frente Amplio Peronista (comandado por José Ottavis) e Integrar.
Cabe destacar que el artículo 85 de esa norma sostiene que a partir de ahora en su inciso 2 bis se sancionará a quienes «no posean talonarios, controladores fiscales u otro medio para emitir facturas o comprobantes de sus ventas, locaciones o prestaciones de servicio en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, o no cuenten con los dispositivos necesarios implementados en cumplimiento del Título II de la Ley N° 27.253 y/o en las normas nacionales vigentes complementarias, y conforme a la reglamentación aplicable”.
La ley 27.253 es una norma nacional sobre régimen de ventas minoristas sancionada en 2016 y reglamentada el año siguiente, que en su Título II establece la obligatoriedad de aceptar el pago con tarjeta de débito y crédito con el sistema de posnet. Luego, en 2017, el Ejecutivo nacional la reglamentó y la obligatoriedad entró en vigencia en abril de este año, con sanciones de multas de entre $300 y $300 mil para quienes incumplan.
Según trascendió, ARBA realizará la los controles y labrará las infracciones correspondientes en el caso de que incumplimientos. Luego, determinará si como sanción corresponde una multa o si es preciso llegar hasta la clausura. El proceso supondrá la intervención de la justicia.
Solo resta definir detalles del modo de aplicación del nuevo sistema que, según se informó, se darán a conocer en las próximas semanas.